Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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1176
Legislatura: 1887 (Cortes de 1886 a 1890)
Sesión: 14 de abril de 1887
Cámara: Congreso de los diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Sivela
Número y páginas del Diario de Sesiones: 67, 1752
Tema: Suspensión de tres Diputados provinciales en Palencia

El Sr. Silvela realmente ha podido excusar la rectificación que ha hecho a mis palabras, porque yo no sólo no combatí a S.S. sino que le aplaudí contra la opinión que emitió su correligionario y amigo el Sr. Vizconde de Campo-Grande (El Sr. Silvela: Pido la palabra), el cual, me parece que habrá visto una lección exquisita en las palabras de su correligionario y jefe el Sr. Silvela, puesto que se lamentaba de que esos indultos se concedieran, a lo que yo contesté: ¿Por qué se lamenta S.S. de esto, si tiene detrás a un correligionario que ha dado más indultos que nosotros? Y añadía yo: cuidado, que no le combato por esto, creo que hizo bien, porque, en efecto, tiene razón el Sr. Silvela, conviene otorgar indultos siempre que la pena resulte excesiva, dado nuestro Código penal y la manera de ser de nuestros establecimientos penitenciarios; pero S.S. debe tener en cuenta que el criterio que a él le ha servido de guía es el mismo que inspira al partido liberal.

Y no es que nosotros concedamos más indultos que S.S. en los delitos graves, no; se han concedido en los delitos leves, y no se podrán citar casos distintos, a no ser que se refiera a los indultos de pena de muerte que son una excepción, porque al fin y al cabo, Sres. Diputados, la pena de muerte es irreparable, y cuando el indulto implica la pena inmediata, no hay para qué traer a cuento esos indultos aquí.

Hablo de los indultos que publica la Gaceta diariamente, y estos indultos son por delitos leves, sirviéndose el partido liberal del mismo criterio de que se sirvió el conservador, si bien nosotros no hemos llegado, créalo S.S., aunque no haya hecho la comparación, al número a que S.S. llegó. Y repito que yo no combatí a S.S., sino que le aplaudí; el combatirle queda para el Sr. Vizconde de Campo-Grande, que al censurar a este Gobierno, ha censurado todavía más a S.S.

Pero volviendo al asunto de Palencia, debo decirle al Sr. Silvela que no conozco el expediente, ni el informe del Consejo de Estado, ni la resolución del señor Ministro de la Gobernación; pero que conozco el caso por los adversarios del Gobierno en Palencia que me lo han contado, y me han dicho que hay una diferencia entre los tres Diputados, a quienes ha podido salvar la resolución del Sr. Ministro de la Gobernación, y los otros tres, y que esa diferencia consiste en que los primeros no pertenecían a la Diputación durante la cual se cometió la falta o delito, sino que pertenecen a otra Diputación, y no se trata de castigar una falta de esta Diputación sino de la anterior. He querido hacer notar esta diferencia para que el Congreso viera que la resolución del Sr. Ministro de la Gobernación no se funda en el diferente color político que aquellos Diputados tienen sino en el hecho que acabo de indicar.

De todos modos, repito que hay que esperar a que el expediente venga, y entonces si merece cargos el Gobierno por la resolución adoptada por el Sr. Ministro de la Gobernación ahí está el Sr. Silvela que sabe hacerlos cumplidamente. [1752]



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